Capítulo I: Concepto de Historia
Historia: “Conjunto de hechos sociales del hombre con un
encadenamiento causal y que influyen en el desarrollo
colectivo” Jaime Eyzaguirre.
Bernheim (alemán) distingue 3 tipos de historia:
a) Narrativa: Se dedica sólo a contar la historia en forma
literaria.
b) Pragmática: Sólo analiza los hechos más importantes con
el fin de sacar enseñanzas prácticas.
c) Genética: Busca las causas, el porqué de los hechos
históricos, en el fondo va a la génesis de la historia.
Capítulo II: Escuelas Histórico-Jurídicas
1. Escuelas de Derecho Natural
Es la madre del derecho. Los pensadores de esta Escuela dicen
que lo que prima es el derecho natural porque existe desde
siempre y sus principios son superiores al orden positivo, por
estar dado por Dios. Parte con los grandes filósofos griegos de
la antigüedad, en especial Aristóteles. Esta Escuela con el
cristianismo adopta una configuración sistemática. Existen 2
corrientes dentro de esta escuela:
Escuela Católica u Ortodoxa: (Sus primeros pensadores: San
Agustín y Sto. Tomás de Aquino) Relacionada con el
pensamiento de la Iglesia Católica, de ahí su nombre. En esta
corriente se distinguen 2 categorías: Un derecho natural
“primario”, inmutable, que correspondería a la naturaleza
humana en estado de gracia y uno “secundario”, el único a
que puede aspirar el hombre después de su caída. Sto. Tomás
de Aquino en el siglo XIII distingue entre Ley Eterna (Designio
de la Sabiduría divina, directiva de todos los actos y
movimientos) y Ley Natural (Proyección de la ley eterna en las
criaturas, cuyo supremo precepto es hacer el bien y evitar el
mal). Esta escuela supervive con el tiempo y en nuestros días
aparece con renovada vitalidad manteniendo su teoría en su
inicial concepción de fondo.
Escuela Clásica: (Primeros exponentes: Grocio, Puffendorff y
Thomasio) Aparece en el renacimiento. Esta sostiene que el
derecho natural ya no es tan importante, sino que es
solamente inmutable. Tienen una relación con la escuela
racionalista y con el pensamiento protestante, porque las
leyes positivas son sólo intentos de aproximación a la ley
natural.
Escuelas Racionalistas
(Uno de sus iniciadores es Kant, también pertenecen a ella los
filósofos y pensadores franceses precursores de la revolución)
Aparece en el siglo XVIII. En éstas el hombre se pone como
figura central y, por ende, prima la razón. No niegan a Dios,
pero el derecho natural, sostienen, está en la naturaleza
humana y es ahí cuando el hombre lo descubre mediante la
razón.
Escuelas Realistas
Aparecen a principios del siglo XIX. Tienen su mira en el
suceder y no en la simple especulación. Se llaman realistas
porque lo que interesa es la realidad, lo que ocurre. Según
ellos todas las conclusiones a las que se llegue, contribuyen al
afianzamiento del derecho. Existen 3 corrientes:
Escuela Histórica: (Von Savigny y Eichorn) Esta cree que cada
pueblo puede tener derechos distintos porque todos tienen
distinta evolución. Aquí lo que importa es la evolución de cada
nación o pueblo y el jurista debe crear el derecho de acuerdo a
esa particular evolución. Son seguidores de esta escuela los
pensadores de corrientes nacionalistas.
Escuela Positivista: o sociologismo jurídico. Tiene su origen en
el racionalismo y postula que todos los seres humanos tienen
la misma evolución y así también los pueblos, por lo tanto se
les puede aplicar a todos el mismo derecho, el jurista a priori
puede construir idénticos estatutos jurídicos para diferentes
sociedades o pueblos. Uno de sus exponentes del siglo XX es
Kelsen.
Escuela Materialista: Nace a mitad del siglo XIX y son los
pensadores materialistas y marxistas (Feuerbach, Hegel, Marx)
los que sostienen esta corriente. Según éstos el derecho está
dado en las relaciones económicas y materiales de la sociedad,
constituye una superestructura regida fatalmente por la
estructura económica.
Panda :o
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